Es necesario, pues, para resolver el problema, hacer una revisión radical, tema que abordaré seguidamente.
Como se sabe, y desde hace mas de un siglo, se ha venido cuestionando la propiedad de los medios de producción. Es decir, se ha discutido si el titular de los medios productivos, si el propietario de la empresa, habría de ser la persona privada o la comunidad (mundial, estatal o empresarial).
Yo le rogaría al auditorio que me permitiese repetir el párrafo que acabo de pronunciar por la razón de que el problema ha pasado delante de nosotros completamente encriptado, oculto en un manido tópico.
Leo de nuevo: «se ha discutido si el titular de los medios productivos, si el propietario de la empresa, habría de ser la persona privada o la comunidad«.
¡Con que naturalidad se ha intercambiado la propiedad de medios productivos con la propiedad de la empresa! ¡Como si fueran conceptos idénticos!
Es un hecho: al cuestionar la titularidad de los medios de producción se ha venido aceptando, como obvio, que «al propietario de esos medios le corresponde el poder en la empresa». Por esa obviedad no se ha discutido donde ha de radicar el poder decisorio, sino lo que se debate es la titularidad de los medios productivos, que se considera equivalente a la titularidad de la empresa. Pero yo no he encontrado argumentación alguna que justifique esta especie de homologación. Parece que se da por aceptado que no quepa otra alternativa.
Si se admite la existencia del derecho natural, yo admitiría también que la propiedad de “cocas» pueda ser, en efecto, un derecho natural; pero no la propiedad de organizaciones en las que se inserten seres humanos. Por el contrario, vamos a ver que este tipo de propiedad es totalmente antinatural. ;Bien, ya estamos empezando a tocar la propiedad!
En mi opinión, y como ya he apuntado, la raíz del problema sigue estando en la propiedad. No intento decir, por supuesto, que tengamos que seguir discutiendo si la empresa debe ser privada o común. Con eso hemos estado discutiendo simplemente el sujeto de la propiedad, es decir, si el sujeto de esta debe ser la persona privada o la comunidad social o estatal.
Se trata de dar un paso mas, de it mas profundo, y cuestionar el concepto mismo de propiedad.