Según se van desarrollando estos “equipos de base de La Comunidad”, se van presentando necesidades de coordinación con otros grupos de La Comunidad que actúan en un mismo país. Cuando esto sucede, está coordinación es asumida por un “Equipo de Coordinación de País”. En un país, son necesarios como mínimo cuatro “Equipos de Base de La Comunidad”, para poder elegir el “Equipo de Coordinación de país”.
Estos “equipos de coordinación de país” tienen por función coordinar acciones conjuntas (campañas, foros, respuestas a situaciones en el medio, etc.), coordinar la respuesta a necesidades conjuntas, llevar las cuestiones administrativas y legales (si fueran necesarias), elegir su vocero y coordinar las relaciones con la prensa y con otras organizaciones.
Los “equipos de coordinación de país” están integrados por un máximo de 12 personas y un mínimo de 4, elegidos por votación directa de los miembros o socios plenos.
La coordinación mundial es responsabilidad del “Equipo de Coordinación Mundial de La Comunidad”, integrado por 12 miembros, elegidos por la votación directa de los miembros plenos de La Comunidad de todo el mundo, cada dos años.
La conformación del Equipo de Coordinación Mundial tiene en cuenta la representación de las minorías étnicas, culturales y regionales.
El Equipo de Coordinación Mundial tiene responsabilidades de coordinación general mundial y podrá proponer acciones conjuntas de diferentes amplitud y alcance.
Las tareas del Equipo de Coordinación Mundial son:
- Coordinación de acciones conjuntas
- Coordinación de respuestas a necesidades conjuntas
- Información mundial a los Grupos y Equipos de base (Boletín mundial)
- Atender a la representación y participación de las minorías
- Web oficial (pagina Web mundial oficial en diferentes idiomas en la que se encontrarán los materiales oficiales, y toda información mundial necesaria)
- Comunicados mundiales oficiales
- Relaciones con otras organizaciones a nivel mundial
- Admisión de organizaciones y/o Frentes que actuando a nivel regional o mundial deseen incorporarse como “adherentes” de La Comunidad.
Cualquier propuesta o acción que incluya la modificación de los materiales oficiales o de aspectos organizativos importantes del organismo, deberá ser sometido a la votación directa de todos sus miembros.
Otros niveles de coordinación, como de ciudad o regionales, se formarán transitoriamente cuando las necesidades lo requieran (acciones conjuntas, foros, campañas, etc.), siempre manteniendo el método de elección por votación directa de los miembros plenos del lugar. Estos niveles de coordinación no tendrán carácter permanente, como sí lo tienen los Equipos de Coordinación de País y el Equipo de Coordinación Mundial.
Sintetizando este punto, los Equipos de Coordinación de País y el Equipo de Coordinación Mundial son órganos permanentes de coordinación, que se eligen por el voto directo de los miembros plenos de los “Equipos de Base de La Comunidad”, mientras que otros niveles de coordinación (de ciudad o región) son transitorios y responden a necesidades coyunturales. Para la conformación de los equipos de país y el equipo mundial, no habrá posibilidad de reelección en períodos consecutivos.