Art. 38. Las colectas procederán el 21 de Junio y el 21 de diciembre. El aporte, será de acuerdo a los criterios establecidos por el consejo de mayor nivel, no pudiendo superar en ningún caso, el cuarto del sueldo promedio mensual del país. Todos los miembros participarán por igual.

Art. 39. Lo recaudado en colecta, se dividirá del siguiente modo: el 25% quedará en el consejo de delegados de grupo; el 25% en el consejo de delegados de equipo; el 25% en el consejo de delegados generales y el restante 25% en los siguientes niveles.