Art. 29. Si un consejo quedara acéfalo, será adscripto a la línea del orientador mediato. Este convocará a elegir al nuevo orientador de entre los miembros del consejo afectado, o se hará cargo personalmente de la orientación.

Art. 30. Si se produjera acefalía en el consejo de mayor nivel del Movimiento, el miembro más antiguo de dicho consejo convocará a sus pares en el término de 24 horas, a fin de elegir al orientador provisional. Este permanecerá en su función durante un año, pudiendo ser confirmado o removido al cumplirse ese plazo. En caso de surgir un miembro de mayor nivel estructural, éste reemplazará al provisional. En caso de acefalía por incapacidad provisional o fuerza mayor probada, el orientador original se hará cargo de la función, al desaparecer el impedimento.

Art. 31. Los coordinadores generales constituirán un consejo acéfalo en el momento de cumplirse las condiciones estructurales. De entre sus miembros se eligirá al coordinador delegado que permanecerá un año en su función, a menos que fuera confirmado para otro período en nuevas elecciones.

Art. 32. El sistema de autopostulación y elección secreta triple, es el único aplicado en el Movimiento. Procederá siempre entre pares, con independencia de la instancia a la que pertenecieran, de acuerdo al siguiente orden: a) Se postularán por sí mismos, todos aquellos que desearan hacerlo; b) Los partícipes, incluyendo a los que se postulen, emitirán su voto secreto en el que figurará escrito un solo nombre por voto; c) Se procederá al recuento de la primera ronda. Luego de esto, se efectuará un intervalo; d) En la segunda ronda, podrán postularse únicamente los mismos de la anterior o excluirse aquellos que así lo deseen, procediéndose del mismo modo que en la primera ronda, a menos que se postulara un solo miembro, en cuyo caso quedará éste automáticamente elegido; e) En la tercera ronda se procederá como en las anteriores, resultando electo el miembro que hubiera obtenido el mayor número de votos en esta última; f) En caso de empate, se repetirá el procedimiento completo, pudiendo producirse autoexclusiones y también autopostulaciones de quienes no lo hicieron en el primer caso; g) En caso de nuevos empates, se repetirá el procedimiento completo hasta que el nuevo miembro resulte electo.